febrero 11, 2026 11:28 pm
Una condena de la JEP por “falsos positivos” que marca un hito en el proceso de justicia transicional y en la búsqueda de verdad y reparación para las víctimas

Una condena de la JEP por “falsos positivos” que marca un hito en el proceso de justicia transicional y en la búsqueda de verdad y reparación para las víctimas

La JEP condenó a 20 años de prisión al coronel (r) Publio Hernán Mejía por la comisión de “falsos positivos”.

¿QUEQUÉ? /

El pasado viernes 19 de diciembre, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) impuso la máxima sanción posible al coronel retirado Publio Hernán Mejía Gutiérrez: 20 años de prisión por su responsabilidad en 72 casos de ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”, en una decisión que marca un hito en el proceso de justicia transicional y en la búsqueda de verdad y reparación para las víctimas.

Este hecho además de marcar un importante precedente en el proceso de justicia transicional en Colombia genera un amplio debate sobre sus repercusiones jurídicas y en materia de derechos humanos.

La Jurisdicción Especial para la Paz, creada en el marco del acuerdo de paz firmado en 2016 entre el Gobierno colombiano y las FARC, tiene como mandato investigar, juzgar y sancionar los crímenes más graves cometidos durante el conflicto armado. Entre estos, los llamados “falsos positivos” —ejecuciones de civiles presentados falsamente como bajas en combate— constituyen una de las violaciones más graves y sistemáticas a los derechos humanos en la historia reciente del país.

El fenómeno de los “falsos positivos” salió a la luz pública a mediados de la década de 2000, revelando una política criminal dentro de sectores de la Fuerza Pública, que buscaban mostrar resultados operacionales a través del asesinato de personas inocentes, muchas de ellas jóvenes, pobres y vulnerables. La JEP ha asumido el reto de esclarecer la verdad sobre estos crímenes y garantizar justicia para las víctimas.

La condena contra el coronel Mejía Gutiérrez se fundamenta en una serie de hechos gravísimos. Se le acusa de haber participado, en calidad de comandante, en el asesinato de 34 personas en alianza con grupos paramilitares, lo que evidencia la connivencia entre sectores del Estado y actores armados ilegales, una práctica que profundizó la violencia y la victimización durante el conflicto.

Además, Mejía enfrenta denuncias por 18 asesinatos selectivos de personas en condición de pobreza y vulnerabilidad, quienes fueron víctimas de montajes para ser presentadas como combatientes dados de baja. Estos casos reflejan la sistematicidad y el perfil discriminatorio de las ejecuciones extrajudiciales, dirigidas especialmente contra ciudadanos marginados.

Detalles de la condena

La condena impuesta al coronel Mejía se fundamenta en la comprobación de su responsabilidad como comandante en la ejecución de 72 casos de “falsos positivos”. Durante el proceso, la JEP recabó testimonios, documentos y pruebas periciales que evidenciaron la existencia de patrones sistemáticos y la cadena de mando.

Es relevante destacar que Mejía no reconoció responsabilidad ni colaboró con el esclarecimiento de los hechos, lo que motivó la imposición de la máxima sanción contemplada por el tribunal. La sentencia busca sentar un precedente respecto a la obligación de los altos mandos de responder por violaciones graves a los derechos humanos, incluso en ausencia de confesiones o aceptación de culpa.

Desde una perspectiva jurídica, la sentencia de la JEP establece criterios claros sobre la responsabilidad de mando y la naturaleza de los crímenes de lesa humanidad. La decisión refuerza el papel de la justicia transicional en la lucha contra la impunidad y demuestra la capacidad del sistema para sancionar a quienes no contribuyen a la verdad.

Además, sienta un precedente para futuros procesos, al evidenciar que la negativa a reconocer responsabilidad no exime de la sanción más severa. Juristas destacan que esta condena podría influir en la jurisprudencia nacional e internacional sobre crímenes cometidos en contextos de conflicto armado.

Organizaciones de derechos humanos y colectivos de víctimas han valorado la condena como un avance significativo en el reconocimiento y reparación de las atrocidades cometidas. Para las familias de las víctimas, la sentencia representa un acto de justicia largamente esperado y una oportunidad para dignificar la memoria de quienes fueron asesinados injustamente.

Sin embargo, persisten retos en el acceso a la verdad plena y en la garantía de no repetición, especialmente ante la falta de reconocimiento por parte del condenado. Expertos en derechos humanos subrayan que la decisión de la JEP fortalece el mensaje de que los crímenes de Estado no pueden quedar impunes y que la rendición de cuentas es indispensable para la reconciliación nacional.

La condena ha generado diversas reacciones en el ámbito social y político. Sectores de defensa de los derechos humanos y líderes de opinión han celebrado la decisión, considerándola un paso necesario para la construcción de una paz sostenible.

La condena al coronel Publio Hernán Mejía por parte de la JEP constituye un hecho histórico en la lucha contra la impunidad y la búsqueda de justicia para las víctimas de los “falsos positivos”. Más allá de la sanción penal, el caso pone en evidencia la importancia de la verdad, la memoria y la reparación como pilares de la justicia transicional.

En adelante, la sentencia podría impulsar otros procesos similares y consolidar el compromiso de Colombia con los estándares internacionales de derechos humanos. El reto sigue siendo garantizar que la justicia sea integral y que las víctimas encuentren respuestas y reparación, en un contexto de reconciliación y construcción de paz.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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