febrero 11, 2026 11:43 pm
Reconocimiento de la Naturaleza y el Territorio como víctimas del conflicto armado ha pasado de ser un concepto simbólico a un estatus jurídico vinculante

Reconocimiento de la Naturaleza y el Territorio como víctimas del conflicto armado ha pasado de ser un concepto simbólico a un estatus jurídico vinculante

¿QUEQUÉ? /

El conflicto armado colombiano ha dejado una huella profunda no solo en la vida humana, sino también en los ecosistemas, territorios y formas de vida ancestrales. Frente a esta realidad, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) asumió en 2024 una decisión sin precedentes al reconocer a la Naturaleza y al Territorio como sujetos de derecho y, en algunos casos, como víctimas del conflicto.

Esta crucial determinación del tribunal de justicia transicional en Colombia tiene alcances jurídicos, medioambientales y sociales, considerando la cosmovisión ancestral, el papel de las comunidades rurales y étnicas, la influencia de las transnacionales y las acciones concretas de la institucionalidad para la protección ambiental y territorial.

El reconocimiento de la Naturaleza y el Territorio como sujetos de derecho por parte de la JEP se enmarca en una tendencia internacional y nacional hacia la ampliación de los sujetos protegidos por el derecho. En Colombia, la Corte Constitucional ha sentado precedentes relevantes, como la sentencia T-622 de 2016, que reconoció al río Atrato como sujeto de derechos, y la sentencia STC4360-2018, que extendió esta protección a la Amazonía colombiana.

La JEP, en su labor de justicia transicional, ha dado un paso más al considerar a la Naturaleza no solo como objeto de protección, sino como víctima directa del conflicto armado, lo que implica su derecho a la reparación y restauración.

Esta decisión supone una reinterpretación del derecho ambiental y de los principios de justicia restaurativa, al incorporar la voz de la Naturaleza y el Territorio en los procesos judiciales. Además, establece obligaciones para el Estado, los actores armados y terceros responsables, incluyendo empresas transnacionales, en la garantía de no repetición y la reparación integral.

El conflicto armado colombiano ha provocado daños ambientales de gran magnitud y complejidad. Entre los impactos directos se encuentran la deforestación, la contaminación de fuentes hídricas por minería ilegal y uso de explosivos, la pérdida de biodiversidad, la degradación de suelos y el desplazamiento de especies. Indirectamente, el control territorial por grupos armados ha generado zonas de exclusión, dificultando la gestión ambiental, y ha propiciado economías ilegales que profundizan la destrucción ambiental.

La ausencia de regulación y la instrumentalización de la Naturaleza como botín de guerra han colocado a los ecosistemas en una situación de alta vulnerabilidad, afectando no solo el equilibrio ecológico, sino también los modos de vida de comunidades que dependen directamente de los recursos naturales.

Para los pueblos originarios, el territorio y la Naturaleza no son solo un espacio físico, sino seres vivientes con los que mantienen relaciones de reciprocidad y respeto. Desde la cosmovisión indígena y afrodescendiente, la afectación a la Madre Tierra es una herida colectiva que trasciende el daño material, afectando la espiritualidad, la cultura y la continuidad histórica de los pueblos.

El reconocimiento de la Naturaleza como sujeto de derecho y como víctima del conflicto representa un avance sustancial en la integración de perspectivas ancestrales al sistema jurídico, permitiendo que las demandas de reparación incluyan la restauración ambiental, el respeto a las prácticas tradicionales y la garantía de autonomía territorial.

Las comunidades rurales, indígenas y afrocolombianas han desempeñado un papel fundamental en la defensa del territorio y la Naturaleza, a menudo enfrentando amenazas, desplazamientos y violencias por parte de actores armados y empresas extractivas. Su resistencia se expresa en la conformación de guardias indígenas, consejos comunitarios, procesos de consulta previa y acciones colectivas ante las instancias judiciales.

Estas luchas han sido decisivas para la visibilización de la dimensión ambiental del conflicto y para la exigencia de justicia ambiental, contribuyendo a la construcción de alternativas de desarrollo sostenible y a la preservación de la memoria ambiental y cultural.

Influencia de las transnacionales: derecho corporativo y su impacto

 

Las empresas transnacionales, especialmente en los sectores minero-energético y agroindustrial, han tenido una influencia significativa en los territorios afectados por el conflicto. A través de alianzas con actores armados o aprovechando la debilidad institucional, han promovido proyectos que han generado despojo, contaminación y fragmentación social.

El derecho corporativo, tradicionalmente orientado a la protección de inversiones, ha sido cuestionado por su incapacidad para prevenir o reparar los daños ambientales y sociales. La decisión de la JEP de considerar la responsabilidad de terceros y la obligación de reparar a la Naturaleza y el Territorio plantea un reto al modelo de impunidad corporativa y abre la puerta a la exigibilidad de estándares más rigurosos de debida diligencia y reparación integral.

La JEP ha avanzado en la elaboración de protocolos, manuales y directrices que incorporan la protección ambiental en los procesos judiciales. Entre estas acciones se destacan la identificación de patrones de daño ambiental en los macrocasos, la participación de comunidades afectadas en la definición de medidas de reparación, y la articulación con entidades ambientales y de derechos humanos.

Asimismo, la JEP reconoce la importancia de la restauración ecológica como parte de la justicia transicional, promoviendo medidas que van más allá de la compensación económica, e incluyen la recuperación de ecosistemas, la restitución de territorios y la garantía de participación de las comunidades en la toma de decisiones.

El reconocimiento de la Naturaleza y el Territorio como sujetos de derecho y víctimas del conflicto armado por parte de la JEP constituye un hito en la justicia ambiental y restaurativa en Colombia. Este avance implica un cambio paradigmático, al situar la protección ambiental y la reparación ecológica en el centro de la justicia transicional, integrando saberes ancestrales y la voz de las comunidades.

Sin embargo, persisten retos significativos, como la efectiva implementación de las decisiones judiciales, la superación de la impunidad corporativa, el fortalecimiento de la participación comunitaria y la articulación institucional.

La consolidación de una justicia ambiental integral exige voluntad política, recursos adecuados y el reconocimiento de la interdependencia entre la paz, la dignidad de los pueblos y la salud de los ecosistemas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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