octubre 13, 2026 5:42 pm
Exministra Clara López: “Gobierno debe justificar por qué a través de proyecto de Estatuto Antiterrorista busca poderes cuyo diseño facilita el abuso y confusión entre disidencia, protesta y colaboración criminal”

Exministra Clara López: “Gobierno debe justificar por qué a través de proyecto de Estatuto Antiterrorista busca poderes cuyo diseño facilita el abuso y confusión entre disidencia, protesta y colaboración criminal”

CONFIDENCIAL NOTICIAS /

En su más reciente comentario periodístico para el portal Confidencial Noticias, la exministra y exparlamentaria Clara López Obregón se refiere al riesgo que constituye en materia de respeto a los derechos humanos y las garantías sociales el alcance del proyecto de Estatuto Antiterrorista (prospecto de ley estatutaria de más de 100 artículos) que en breve será radicado por el Gobierno de Abelardo de la Espriella ante el Congreso de la República.

La excongresista explica que si bien combatir los ataques contra civiles, la extorsión y las economías criminales es una obligación estatal ineludible, “aceptar el castigo del inocente como costo tolerable invierte la presunción de inocencia y convierte los derechos en concesiones revocables. El debido proceso obliga al Estado a demostrar sus acusaciones. Debilitarlo deja expuesto a cualquier ciudadano frente al poder”.

El texto de la columna periodística es el siguiente:

Nadie está a salvo cuando el Estado puede castigar al inocente

 

POR CLARA LÓPEZ OBREGÓN

¿Qué queda de la democracia cuando facultamos al Estado para sacrificar los derechos de un inocente en nombre de la seguridad? Esta pregunta debe orientar el debate sobre la reforma del protocolo de protesta y el proyecto de Estatuto Antiterrorista. Colombia es un Estado social y democrático de Derecho. Esa definición obliga a proteger a la población frente a la criminalidad y frente al abuso del poder. Ningún mandato electoral autoriza a desconocerla.

Combatir los ataques contra civiles, la extorsión y las economías criminales es una obligación estatal. Su cumplimiento exige investigar, probar responsabilidades y fortalecer la justicia. Aceptar el castigo del inocente como costo tolerable invierte la presunción de inocencia y convierte los derechos en concesiones revocables. El debido proceso obliga al Estado a demostrar sus acusaciones. Debilitarlo deja expuesto a cualquier ciudadano frente al poder.

El estatuto plantea riesgos concretos: definiciones ambiguas, facultades del Ejecutivo para incluir personas y organizaciones en un registro estilo OFAC, con consecuencias inmediatas y decisiones cuya motivación puede reposar parcialmente en información reservada. Además, atribuye efectos internos inmediatos, aunque provisionales, a determinadas designaciones extranjeras. La autonomía de nuestras decisiones y la defensa de los afectados requieren garantías efectivas. La existencia de controles posteriores judiciales no resuelve por sí sola el problema: una organización comercial, política o social puede quedar paralizada antes de obtener una decisión favorable.

No corresponde a la oposición demostrar que esas facultades serán utilizadas inevitablemente en su contra. Corresponde al Gobierno justificar por qué pretende poderes cuyo diseño facilita el abuso. La precisión jurídica limita la discrecionalidad y permite conocer las conductas prohibidas. Cuando categorías abiertas dejan decisiones graves al criterio de autoridades políticas, se amplía el espacio para confundir disidencia, protesta y colaboración criminal. Advertirlo antes de que aparezcan nuevas víctimas es una responsabilidad democrática.

Nuestra historia impide considerar ese peligro una hipótesis remota. El exterminio de la Unión Patriótica muestra hasta dónde puede llegar la construcción del adversario en enemigo. Si aquella persecución pudo ocurrir, ¿con qué sensatez entregaríamos nuevas facultades ambiguas al Ejecutivo? La memoria exige impedir las condiciones que hacen posible el abuso. No podemos esperar a que se repita una tragedia para reconocer el peligro.

La misma exigencia rige para la protesta. Sus molestias, interrupciones y tensiones no equivalen automáticamente a violencia. Ante agresiones, la intervención debe individualizar responsabilidades y proteger a quienes se manifiestan pacíficamente. Como Secretaria de Gobierno y Alcaldesa de Bogotá impulsé gestores de convivencia y espacios de coordinación con participación de los manifestantes. Nuestro propósito era proteger la protesta. Dialogar significaba escuchar, prevenir y buscar soluciones. Reducirlo a un trámite previo a la fuerza vacía su sentido.

Los derechos individuales y de las minorías obligan incluso al gobernante más popular. La seguridad constitucional requiere reglas precisas, pruebas controvertibles y controles independientes y oportunos. Cuando el Estado castiga arbitrariamente a una persona, vulnera también la garantía que protege a todas las demás. Ninguna mayoría puede autorizar ese sacrificio. Una sociedad que acepta al inocente como daño colateral termina entregando al poder la decisión de quién merece tener derechos.

@ClaraLopezObre

https://confidencialnoticias.com/, Bogotá.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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