abril 29, 2026 12:08 pm
Mediante derecho de petición, candidata presidencial Clara López solicita información al Registrador nacional sobre cómo se adelanta proceso de auditoría del software electoral

Mediante derecho de petición, candidata presidencial Clara López solicita información al Registrador nacional sobre cómo se adelanta proceso de auditoría del software electoral

La candidata presidencial Clara López elevó ante el registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, un derecho de petición sobre el proceso de auditoría del software electoral

TSC /

A través de un sustentado derecho de petición, la senadora y aspirante presidencial Clara López Obregón ha solicitado al registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos Giraldo, información detallada sobre cómo se adelanta el proceso de auditoría del software electoral.

La solicitud está encaminada a que la Registraduría Nacional informe cuáles son los criterios metodológicos y protocolos establecidos para la observación técnica del software electoral por parte de auditores de partidos políticos, misiones de observación y demás actores acreditados para la jornada comicial de este 8 de marzo.

En relación con el alcance de la revisión técnica, la congresista López Obregón pide que se precise si dentro de dichos procedimientos se contempla la revisión del entorno del código fuente del sistema, incluyendo bases de datos, componentes de infraestructura y librerías de terceros utilizadas por el software, o si el ejercicio de observación se limita únicamente a la revisión de la capa funcional del sistema.

 

Texto del derecho de petición en interés general

A continuación el texto del derecho de petición dirigido por la candidata presidencial Clara López al titular de la Registraduría Nacional del Estado Civil:

Doctor

HERNÁN PENAGOS GIRALDO

Registrador Nacional del Estado Civil

Asunto: Derecho de petición en interés general. Solicitud de información sobre garantías de transparencia, auditoría técnica y ciberseguridad en la infraestructura del proceso electoral.

Respetado Registrador Nacional,

 Yo, CLARA LÓPEZ OBREGÓN, en mi calidad de Senadora de la República, obrando en ejercicio del derecho fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y desarrollado por la Ley 1755 de 2015, y atendiendo al deber constitucional de velar por la transparencia, integridad y confianza pública en los procesos democráticos, me permito acudir respetuosamente ante su despacho con el propósito de formular las siguientes solicitudes de información.

CONSIDERACIONES PREVIAS

La legitimidad de nuestro sistema democrático descansa en la confianza ciudadana y en la certeza de que el proceso electoral refleja fielmente la voluntad popular. Como bien lo recordó el honorable Consejo de Estado en la histórica sentencia que analizó las irregularidades de las elecciones legislativas de 2014 (Radicado 11001-03-28-000-2014-00117-00), todas las actuaciones de la autoridad deben apuntar a «garantizar que las elecciones manifiesten la expresión libre, espontánea y auténtica de los ciudadanos; esto es, la verdad electoral».

En dicha providencia, al estudiar las vulnerabilidades técnicas del proceso, la Alta Corte emitió un mandato claro que marca la pauta de las garantías modernas: «Conminar a la Organización Electoral para que adquiera el software requerido de escrutinios desde y para el Estado, es decir, que sea propio de dicha organización, y que permita una completa trazabilidad del escrutinio de mesa hasta la declaratoria de la elección». Este hito jurisprudencial nos recuerda que la transparencia algorítmica y tecnológica es una obligación del Estado para evitar que los procesos recaigan en la confidencialidad que limite o no admita un control técnico democrático.

Entendiendo los enormes desafíos logísticos que enfrenta la Registraduría y reconociendo que, en la actualidad, la arquitectura operativa sigue requiriendo el apoyo de contratistas privados de alto nivel técnico, considero que el acceso a la información técnica, la auditoría independiente y la comunicación transparente son las mejores herramientas para prevenir cualquier manto de duda sobre los comicios venideros.

Bajo este espíritu de colaboración armónica, presento las siguientes peticiones:

PETICIONES

  1. Sobre la publicidad de los informes de auditoría técnica y su alcance temporal

Solicito respetuosamente se sirva remitir los reportes ejecutivos, resúmenes o informes parciales de las auditorías de procesos y de sistemas de información realizadas sobre el software electoral por firmas u organismos como Macgregor y CAPEL, así como por la empresa Indra en el ámbito de sus respectivas competencias.

Para cada auditoría realizada, solicito se precise:
i) si su alcance corresponde a auditoría de procesos o a auditoría de sistemas de información;
ii) los componentes específicos del software electoral objeto de revisión —incluyendo los sistemas de jurados de votación, preconteo, escrutinio territorial y consolidación nacional de resultados—;
iii) el año en que fue realizada la auditoría;
iv) la firma o entidad responsable; y
v) el alcance técnico del ejercicio realizado.

En particular, solicito se alleguen los informes correspondientes al proceso electoral del año 2026, así como los informes realizados en procesos electorales anteriores.

Igualmente, solicito se informen los hallazgos relacionados con el estado de seguridad, confiabilidad y madurez tecnológica de dichos sistemas, incluyendo las oportunidades de mejora identificadas y las medidas correctivas adoptadas por la entidad con ocasión de auditorías previas y del proceso electoral en curso.

  1. Sobre los criterios de observación técnica y revisión del código fuente

Solicito se informe cuáles son los criterios metodológicos y protocolos establecidos para la observación técnica del software electoral por parte de auditores de partidos políticos, misiones de observación y demás actores acreditados.

En relación con el alcance de la revisión técnica, solicito se precise si dentro de dichos procedimientos se contempla la revisión del entorno del código fuente del sistema, incluyendo bases de datos, componentes de infraestructura y librerías de terceros utilizadas por el software, o si el ejercicio de observación se limita únicamente a la revisión de la capa funcional del sistema.

En relación con la arquitectura tecnológica del sistema electoral, solicito se informe si existe un mapa general de la infraestructura tecnológica que será utilizada en el proceso electoral y si dicho documento puede ser consultado por los actores acreditados.

En relación con los mecanismos de trazabilidad y control del sistema, solicito se indique si dentro de los ejercicios de observación técnica se contempla la verificación de registros de acceso (logs), horarios de conexión, usuarios autorizados y controles de acceso y de modificaciones de información dentro de los sistemas electorales.

Finalmente, solicito se informe si de estos ejercicios de auditoría u observación técnica se han elaborado informes o reportes dirigidos a partidos políticos, auditores acreditados o misiones de observación electoral, y en caso afirmativo se remita copia de los mismos.

  1. Sobre los alcances legales de las cláusulas de confidencialidad

Teniendo en cuenta que los auditores externos, contratistas, observadores y auditores de partidos suscriben acuerdos de confidencialidad o de no divulgación (NDA) en el marco de los procesos de auditoría y observación técnica, solicito se remita concepto o aclaración formal de la Oficina Asesora Jurídica de la Registraduría Nacional del Estado Civil que precise lo siguiente:

  1. Si dichas cláusulas establecen alguna restricción o consecuencia contractual frente a la posibilidad de que un auditor o firmante acuda ante las autoridades competentes a formular denuncias penales o disciplinarias en caso de advertir la eventual comisión de conductas ilícitas relacionadas con delitos informáticos o electorales.
  2. En caso de no existir tal limitación, solicito se remita copia del lineamiento o disposición jurídica que deje expresamente a salvo el deber legal de denuncia frente a eventuales irregularidades detectadas.
  1. Sobre la segregación de funciones operativas y la conectividad

Solicito igualmente se informe cuáles son los mecanismos adoptados por la Registraduría para garantizar la adecuada segregación de funciones dentro de la arquitectura operativa del proceso electoral, particularmente cuando dentro de un mismo esquema contractual se concentran funciones relacionadas con infraestructura tecnológica, conectividad, logística electoral y operación de sistemas informáticos.

Adicionalmente, solicito se informe:

  1. Si la infraestructura de conectividad satelital o antenas instaladas en zonas apartadas pasará a ser propiedad del Estado una vez finalizado el proceso electoral o si su uso se limita exclusivamente al evento electoral.
  1. Si los planes de conectividad asociados operan bajo un esquema de facturación permanente o si su activación se realiza exclusivamente durante los periodos electorales.
  2. El envío entre las comisiones escrutadoras en los niveles suscesivos (local/zonal, municipal, general) y hasta la consolidación del escrutinio en el CNE.

    5. Sobre las garantías de integridad en la transmisión de resultados

Solicito se informe cuáles son los mecanismos criptográficos y de verificación de integridad actualmente implementados para garantizar la seguridad de la transmisión de resultados electorales desde las comisiones escrutadoras hacia los servidores centrales del sistema electoral.

En particular, solicito se precise qué algoritmos criptográficos y mecanismos de comprobación de integridad (tales como AES, RSA u otras funciones hash) se utilizan para asegurar la inmodificabilidad de los archivos de resultados y de las actas electorales digitalizadas durante su transmisión en la red.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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