febrero 12, 2026 12:02 am
Una reforma que cubre la deuda social y estructura una mejor organización del sistema pensional

Una reforma que cubre la deuda social y estructura una mejor organización del sistema pensional

TSC /

La sociedad colombiana está próxima a contar con un nuevo sistema pensional ante el fracaso del que está vigente, aprobado en la Ley 100 de 1993, en virtud del cual hoy apenas una de cada cuatro personas en edad de retiro laboral logra pensionarse.

La reforma de este sistema promovida por el Gobierno de Gustavo Petro y que en la noche del pasado 23 de abril fue aprobada por el Senado de la República apunta a aumentar el número de personas que en su vejez logren acceder a un ingreso digno.

Reemplazar un sistema inequitativo

Por más de tres décadas los colombianos han venido soportando un sistema pensional inconsistente e inequitativo, cuyo fracaso está a la vista. De ahí el afán del Gobierno del Pacto Histórico por reemplazarlo mediante un esquema combinado (público y privado) que permita recuperar la consistencia financiera y avanzar en un sistema equitativo en el cual el ahorro generacional se destine en un mayor grado a los sectores más necesitados.

Por fin con el trámite de esta reforma en el Congreso se afronta un problema que no da espera y se proyectan soluciones a corto y mediano plazo, pues se debe tener en cuenta que los sistemas pensionales son un elemento central del crecimiento y la organización social que los gobiernos en tres décadas no trataron de forma adecuada.

Antes de la Ley 100 en Colombia el sistema pensional operaba dentro de la modalidad de prima media. Las pensiones se cubrían con las cotizaciones de los afiliados. Lo que entraba era igual a lo que salía. Con la implementación de dicha ley en 1993 se dejó a los cotizantes en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y a los pensionados en la estatal Colpensiones. Los primeros generan excedentes que se colocan en el sector financiero en acciones y títulos del tesoro (TES) y los segundos faltantes que se cubren con erogaciones presupuestales. Como los afiliados pueden escoger libremente entre las dos modalidades, el Gobierno no tiene ninguna capacidad de armonizarlos. Los pasivos del sistema son mayores que los activos. Lo que le entra al sistema es menos de lo que le sale para atender las obligaciones de las pensiones. Parte de la diferencia proviene de las transferencias fiscales y la otra de la reducción de las pensiones de las AFP con respecto a Colpensiones.

De esta manera se configuró un marco pensional de mayores pasivos que activos. La diferencia se cubre con apropiaciones presupuestales que han tornado al sistema altamente inequitativo.

En pocas cifras se puede ilustrar el desbalance: las cotizaciones pensionales corresponden al 15 % de los ingresos, las mesadas de las AFP cerca de 30 % y las de fondos de pensiones 65 %. Si se tiene en cuenta que las cotizaciones se pagan durante 20 años y las pensiones durante otro tanto, no hay forma de equilibrar el sistema. El ahorro intergeneracional ocasionado por el sistema no está en condiciones de llenar los baches. El Presupuesto Nacional tiene que destinar cada vez más apropiaciones para sostener las pensiones.

Los alcances de la reforma que aprobó el Senado

En la actualidad apenas una de cada cuatro personas en edad de retiro logra pensionarse. De ahí la urgencia de implementar una nueva arquitectura en el sistema pensional colombiano que, como lo plantea la reforma pensional, apunte a incrementar el número de personas que en su vejez tengan un ingreso digno.

La reforma aprobada en segundo debate por el Senado implementa un único Sistema Integral de Protección a la Vejez, cuyo administrador será Colpensiones. Se establecerá una rectoría robusta del Sistema con un mecanismo de monitoreo permanente que permita evaluar los parámetros y recomendar periódicamente al Ejecutivo y al Congreso ajustes que sean necesarios.

En su núcleo, la reforma busca que los fondos privados y el sistema público, administrado por Colpensiones, dejen de competir y ahora se complementen.

El nuevo sistema pensional está basado en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario.

En el solidario están todos los adultos mayores que se encuentran en condición de vulnerabilidad extrema a quienes se les dará una renta por encima de la línea de pobreza, que equivale a 223.000 pesos, y que será ampliada cada año de acuerdo al índice de inflación.

En el pilar semicontributivo se busca otorgar una renta a los hombres de 65 años y a las mujeres de 60 años que tienen entre 300 y 1.000 semanas cotizadas en Colpensiones o en los fondos privados, pero que no lograron jubilarse. En el pilar contributivo se encuentran quienes cotizan en Colpensiones hasta los 2,3 salarios mínimos y tendrán la posibilidad de escoger un fondo privado; y finalmente, el pilar complementario contemplado para las personas que deseen mejorar su ahorro para la vejez y pensión de manera voluntaria.

La reforma plantea que todos los trabajadores tendrán que cotizar hasta 2,3 salarios en el régimen público y de ahí en adelante los recursos irán a uno de los fondos privados.

​Adicional a ello, la administración del fondo de ahorro público de las pensiones estará a cargo del Banco de la República y no de Colpensiones.

Con la implementación de esta reforma se protege el ahorro pensional ya existente (aproximadamente 405 billones de pesos) y construye uno nuevo. En efecto, se frena la caída del ahorro que hoy existe en el Fondo de Ahorro Individual debido a los traslados masivos de los fondos privados hacía Colpensiones. La totalidad del mismo seguirá administrada por los fondos privados. Se construye un nuevo ahorro colectivo público (Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo. art. 24), que será la garantía de la pensión de los que hoy son jóvenes.

Lo que viene en la Cámara

Ahora a este proyecto de reforma le restan dos debates en la Cámara de Representantes para ser aprobado, algo que tiene que darse antes del 20 de junio.

El primer debate se dará en la Comisión Séptima de la Cámara y de ser aprobado pasará a la plenaria.

Si la iniciativa pasa proseguirá la sanción presidencial y entraría en vigencia el 1 de julio de 2025, beneficiando a alrededor de tres millones de adultos que en la actualidad no cuentan con ningún tipo de ingreso que les permita una vejez digna.

 

 

 

 

 

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