septiembre 29, 2026 3:54 am
La Madre Tierra como sujeto pleno de derechos y el cuestionamiento de la matriz capitalista que convirtió a la naturaleza en objeto apropiable y de explotación inmisericorde

La Madre Tierra como sujeto pleno de derechos y el cuestionamiento de la matriz capitalista que convirtió a la naturaleza en objeto apropiable y de explotación inmisericorde

POR ALONSO YUPANQUI DE LA CHIRA /

Reconocer a la naturaleza como sujeto de derechos desde una visión emancipadora no constituye un mero ejercicio retórico o conservacionista tradicional, sino un cambio radical en la gobernanza global que busca frenar la crisis civilizatoria actual mediante la justicia ecológica y social.

En efecto, el reconocimiento de la Madre Tierra (Pachamama) como sujeto de derechos subvierte la matriz jurídica y civilizatoria tradicional. Basado en la filosofía andina del equilibrio y la equidad —respaldada por pensadores de la interculturalidad como el filósofo suizo Josef Estermann—, este paradigma trasgrede el utilitarismo occidental para proponer un ordenamiento biocéntrico orientado hacia el Sumak Kawsay o «vida en abundancia».

En contraste, la depredación ambiental, elemento que caracteriza al sistema capitalista, no es un accidente ni un castigo divino, sino el resultado de estructuras sociales, políticas y económicas concretas. Frente a la explotación inmisericorde del capitalismo ha irrumpido una nueva cartografía de actores que impulsa la articulación de pueblos indígenas con nuevos movimientos sociales y ciudadanos que cuestionan la crisis estructural del capitalismo global y el calentamiento antropogénico. De esta manera se profundización en la concepción democrática, vinculándose indisolublemente con la plurinacionalidad, la democracia comunitaria, la justicia indígena y la autodeterminación de los pueblos.

Ello ha contribuido a un tránsito paradigmático que demanda el abandono del antropocentrismo hegemónico hacia un paradigma biocéntrico (o, en su defecto, un antropocentrismo débil) que reconozca el valor intrínseco de la naturaleza. Asume que la salud, la alimentación y el bienestar humano dependen enteramente de la estabilidad y el equilibrio de los ecosistemas terrestres.

Asimismo, plante límites ecológicos al mal denominado “desarrollo” capitalista al plantear convertir los ciclos naturales en fronteras infranqueables para la acumulación de capital y la explotación ilimitada de recursos, además de revalorar las cosmovisiones originarias que conciben al ser humano como parte constitutiva de la red de la vida, y no como su dominador.

Tiene la virtud también de promover el diálogo intercultural al acoger las categorías filosóficas de las fibras andinas (como la reciprocidad, la complementariedad y la relacionalidad) para enriquecer el pensamiento jurídico y político contemporáneo, así como potencia la ética del cuidado, modificando la narrativa cultural del dominio técnico por una ética de corresponsabilidad y respeto hacia los ciclos vitales del planeta.

El ser humano deja de ser concebido como propietario o centro del universo para posicionarse como un guardián (čakana / protector) dentro de la comunidad ampliada de la vida, limitando los abusos del poder político y económico para expandir las capacidades humanas hacia la realización de una existencia digna y en armonía comunitaria.

Reivindicando la autodeterminación, desde las propias raíces andinas

El trabajo bibliográfico ‘La Madre Tierra como sujeto de derechos. Una aproximación a sus fundamentos filosóficos y jurídicos’ (Universidad Nacional del Altiplano, Puno, noviembre de 2020) del investigador social peruano Juan Casazola Ccama constituye una apuesta a este importante como sugerente debate, al reflexionar sobre los Andes profundos y al emplazar a la conciencia identitatria, en el compromiso jurídico por la justicia social y; por lo tanto, a establecer tareas concretas, como es el de comprender ampliamente el significado de lo propuesto, que llama a la resistencia y a continuar ampliando la visión autónoma, de hacer que se autoafirme el derecho de la autodeterminación, desde las propias raíces andinas y las utopías aún en pie.

Esta obra se caracteriza por ser una aproximación fundamental para comprender las raíces antropocéntricas y coloniales sobre las que se ha edificado buena parte de la civilización occidental.

Desde su experiencia como docente de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, el autor propone revisar críticamente la relación entre ser humano y naturaleza, y situar a la Madre Tierra no como un objeto disponible para la explotación, sino como un sujeto pleno de derechos.

Uno de los pilares del libro es la filosofía andina, cuya concepción de la protección integral de la naturaleza se sustenta en el equilibrio y la equidad entre el ser humano y su entorno. Esta perspectiva encuentra respaldo en las categorías filosóficas estudiadas por Josef Estermann y permite reconocer que la racionalidad andina no separa radicalmente a la humanidad del mundo natural.

Casazola plantea, además, una intersección entre la racionalidad occidental y la racionalidad andina: lejos de presentarlas como universos irreconciliables, explora la posibilidad de acortar sus brechas y articular una racionalidad común que aproveche de manera compartida el conocimiento y la realidad.

Tejedoras de la Reserva Indígena Arahuaco en la Sierra Nevada de Santa Marta, Colombia. “No hay derechos humanos sin Madre Tierra”.

En el plano jurídico, reconocer a la Madre Tierra como sujeto de derechos responde a una lógica emancipadora. Tal reconocimiento busca limitar los abusos del poder político y económico, al tiempo que amplía las capacidades del titular de derechos para garantizar una vida plena y una «vida en abundancia».

Así, la propuesta rebasa la interpretación tradicional de los derechos de la naturaleza: obliga a comprender que la depredación de los recursos naturales no es accidental ni inocente, sino una construcción social vinculada con la degradación del capitalismo y con fenómenos como el calentamiento global.

El análisis destaca también la dependencia material y vital de la Tierra: la alimentación, la salud y el bienestar humano solo son posibles si se conserva su equilibrio. De allí surge la necesidad de transitar del antropocentrismo hacia un paradigma biocéntrico, uno sin centro definido o, al menos, un «antropocentrismo débil». En ese desplazamiento adquieren especial relevancia los pueblos indígenas y otros actores comprometidos con el rescate y la valoración de la Madre Tierra.

Esta visión se enlaza con debates sobre plurinacionalidad, justicia indígena, democracia comunitaria, autodeterminación de pueblos y nacionalidades e interculturalidad.

Su principal mérito consiste en vincular la conciencia identitaria con el compromiso jurídico por la justicia social, y en traducir esa relación en tareas concretas: comprender el alcance de los derechos de la naturaleza, resistir las formas de dominación que amenazan la vida y ampliar una visión autónoma de la autodeterminación.

La obra de Casazola Ccama plantea una revisión radical del vínculo entre humanidad, naturaleza y derecho. Su tesis central —la Madre Tierra como sujeto pleno de derechos— no constituye únicamente una innovación jurídica: cuestiona la matriz cultural, histórica y económica que convirtió a la naturaleza en objeto apropiable.

El planteamiento articula filosofía andina, crítica del antropocentrismo y una aspiración emancipadora destinada a contener los abusos del poder político y económico.

Relaciones de reciprocidad, equilibrio y pertenencia

En el plano cultural, el libro confronta dos modos de imaginar el mundo. La tradición moderna occidental tiende a separar sujeto y objeto, cultura y naturaleza, y a situar al ser humano en una posición de dominio.

La racionalidad andina, en cambio, concibe la vida mediante relaciones de reciprocidad, equilibrio y pertenencia. La Madre Tierra no aparece como un depósito de bienes, sino como una realidad viva que sostiene vínculos, deberes y sentidos colectivos.

El reconocimiento jurídico propuesto puede leerse, por ello, como una operación de revalorización cultural: incorpora al lenguaje público categorías históricamente subordinadas. Su desafío consiste en evitar que esa incorporación reduzca la cosmovisión andina a un símbolo folclórico; reconocerla exige transformar prácticas, instituciones y criterios de legitimidad.

Históricamente, la propuesta remite a la larga duración de la conquista y la colonialidad. La apropiación de territorios, la subordinación de los pueblos originarios y la conversión de la naturaleza en recurso económico formaron parte de un mismo proceso.

El antropocentrismo y el colonialismo no son episodios aislados, sino fundamentos persistentes del orden moderno. Desde esta lectura, el derecho de la Madre Tierra intenta interrumpir una trayectoria histórica en la que las normas legitimaron tanto la explotación ambiental como la jerarquización cultural.

También recupera memorias y saberes que sobrevivieron a la imposición colonial. No obstante, esa recuperación no implica regresar intactamente al pasado, sino activar tradiciones para responder a crisis contemporáneas como el calentamiento global y la expansión extractiva.

Ciudadanía ecológica fundada en participación y responsabilidades colectivas

Sociológicamente, la depredación ambiental aparece como una construcción social y no como la suma de conductas individuales. Intervienen relaciones de clase, formas de propiedad, instituciones estatales, mercados y asimetrías entre poblaciones que reciben beneficios y comunidades que soportan los costos.

Convertir a la Tierra en sujeto de derechos redistribuye simbólicamente poder y crea nuevas posiciones de enunciación para pueblos indígenas, organizaciones territoriales y defensores ambientales. A la vez, abre preguntas prácticas: quién representa jurídicamente a la naturaleza, cómo se resuelven conflictos entre comunidades y Estado y qué intereses prevalecen cuando se invoca el desarrollo.

La propuesta demanda, por tanto, una ciudadanía ecológica fundada en responsabilidades colectivas y en la participación de los grupos históricamente excluidos.

La dimensión ecológica se apoya en la interdependencia material de todas las formas de vida. Alimentación, salud y bienestar dependen de la estabilidad de los sistemas naturales; por eso, la protección ambiental no debe limitarse a reparar daños útiles para el ser humano. El tránsito hacia el biocentrismo —o hacia un antropocentrismo débil— amplía la comunidad moral y jurídica.

En esta perspectiva, los ecosistemas poseen valor propio y sus ciclos imponen límites a la producción y al consumo. El aporte del libro consiste en vincular esos límites con obligaciones exigibles. Sin embargo, la eficacia del reconocimiento dependerá de mecanismos de prevención, restauración, representación y control capaces de traducir el principio de equilibrio en decisiones concretas.

Racionalidad andina, relacionalidad, complementariedad, reciprocidad y equilibrio

Desde la antropología, la obra cuestiona la idea de que existe una única definición universal de humanidad y naturaleza. La cosmovisión andina entiende a la persona como un ser constituido por relaciones con la comunidad, el territorio y otros seres. Esto contrasta con el individuo autónomo y propietario característico de buena parte del pensamiento jurídico occidental.

La Madre Tierra como sujeto expresa una ontología relacional: existir significa participar en una trama de reciprocidades. El análisis también exige cautela frente a la idealización de «lo indígena». Los pueblos originarios son actores contemporáneos, diversos y atravesados por tensiones internas; sus saberes no deberían fijarse como una esencia inmutable, sino reconocerse como prácticas vivas con capacidad de deliberar y transformarse.

Filosóficamente, el argumento discute el dualismo que separa humanidad y mundo natural, así como la noción de una razón única.

Con apoyo en las categorías atribuidas a Josef Estermann, la racionalidad andina privilegia relacionalidad, complementariedad, reciprocidad y equilibrio. Casazola no propone sustituir mecánicamente una racionalidad por otra, sino construir una intersección crítica. Esa tarea evita tanto el universalismo occidental excluyente como un relativismo que impida el diálogo.

La categoría de sujeto de derechos opera aquí como mediación: traduce una comprensión relacional de la realidad al lenguaje jurídico moderno. La tensión productiva reside en que la Tierra no es sujeto en el mismo sentido individualista que una persona, por lo que obliga a ampliar qué entendemos por dignidad, interés y representación.

Crecimiento económico y bienestar social no son equivalentes

En términos económicos, la crítica alcanza al modelo que trata los bienes naturales como insumos ilimitados y externaliza los costos sociales y ecológicos de su extracción.

La noción de derechos de la naturaleza exige incorporar límites biofísicos y responsabilidades intergeneracionales en las decisiones productivas. También cuestiona que crecimiento y bienestar sean equivalentes: una actividad puede aumentar ingresos y, al mismo tiempo, degradar las condiciones que sostienen la vida.

El horizonte de «vida en abundancia» alude así a una prosperidad cualitativa, comunitaria y ecológicamente viable. En la práctica, el cambio implicaría revisar incentivos, formas de propiedad, evaluación de proyectos y distribución de beneficios y daños. La dificultad central será evitar que la protección de la Tierra quede subordinada a compensaciones monetarias que no restauran vínculos territoriales ni ecosistemas.

Politológicamente, reconocer a la Madre Tierra modifica la distribución del poder y los criterios de decisión pública. La propuesta funciona como límite frente al Estado y a los actores económicos, pero también requiere instituciones que hagan efectiva esa restricción. Su vínculo con la plurinacionalidad, la justicia indígena, la democracia comunitaria, la autodeterminación y la interculturalidad indica que la cuestión ambiental es también un problema de soberanía y representación.

No basta con añadir un nuevo titular abstracto al ordenamiento: es necesario decidir quién puede hablar en su nombre y con qué controles. El potencial emancipador será mayor si las comunidades afectadas participan en la definición de prioridades y si existe coordinación entre jurisdicciones; será menor si el reconocimiento se vuelve retórico o es administrado exclusivamente desde centros de poder ajenos al territorio.

Epistemológicamente, el libro impugna la jerarquía que presenta el conocimiento occidental como universal y relega los saberes andinos a creencias locales.

La intersección de racionalidades propuesta reconoce que todo conocimiento está situado, pero no renuncia a construir acuerdos compartidos. Este pluralismo exige criterios de diálogo: experiencia territorial, consistencia argumental, capacidad predictiva, memoria colectiva y efectos sobre la vida pueden concurrir sin que uno de ellos monopolice la verdad.

Por una epistemología intercultural

La traducción entre saberes es, sin embargo, desigual cuando una parte controla las instituciones académicas, jurídicas y económicas. Por ello, una epistemología intercultural debe incluir participación efectiva, reconocimiento de autoridades cognitivas diversas y revisión de los procedimientos mediante los cuales se valida la evidencia ambiental.

Las nueve dimensiones convergen en una misma tesis: la crisis ecológica es simultáneamente una crisis de cultura, memoria histórica, organización social, modelo económico, poder político y producción de conocimiento.

La innovación jurídica adquiere sentido cuando transforma esas relaciones y no solo el vocabulario normativo. La propuesta de Casazola combina una crítica descolonizadora con una búsqueda de articulación intercultural. Su fortaleza reside en mostrar que la defensa de la Tierra y la justicia social son inseparables; su prueba decisiva será institucional: convertir la interdependencia en obligaciones exigibles sin apropiarse de los saberes indígenas ni vaciarlos de contenido.

En ese sentido, la obra invita a pensar un derecho relacional, plural y ecológicamente responsable, capaz de reconocer límites al dominio humano y de sostener condiciones dignas de vida para las generaciones presentes y futuras.

Acceso al libro

 

Para acceder al libro en archivo PDF, ingresar al siguiente enlace:

La Madre Tierra como sujeto de derechos. Una aproximación a sus fundamentos filosóficos y jurídicos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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