febrero 16, 2025 8:45 pm
A instancias de la Internacional Progresista nueve países conforman ‘Grupo de la Haya’: gran avance para la reivindicación humanitaria y el Estado de Palestina

A instancias de la Internacional Progresista nueve países conforman ‘Grupo de la Haya’: gran avance para la reivindicación humanitaria y el Estado de Palestina

Por iniciativa de la Internacional Progresista se integró el Grupo de La Haya, durante una reunión en la que participaron representantes de nueve Estados y que se realizó este viernes 31 de enero en la mencionada ciudad neerlandesa.

INTERNACIONAL PROGRESISTA /

Este viernes 31 de enero, representantes de nueve naciones se reunieron en la ciudad de La Haya para discutir su compromiso compartido de defender tanto el derecho internacional como los derechos del pueblo palestinos y responder a las amenazas contra la Corte Penal Internacional (CPI).

Después de la reunión, las naciones conformaron el Grupo de La Haya y anunciaron medidas legales, económicas y diplomáticas coordinadas para responsabilizar a Israel por sus violaciones del derecho internacional, incluidas sus acciones en curso en la Franja de Gaza.

Convocada por la Internacional Progresista, de cuyo Consejo Directivo hace parte la senadora Clara López Obregón, la reunión entre representantes estatales de Belice, Bolivia, Chile, Colombia, Honduras, Malasia, Namibia, Senegal y Sudáfrica exploró la acción colectiva a nivel nacional e internacional para apoyar los derechos de los palestinos.

En su cuarta sesión informativa de 2025, la Internacional Progresista, presentó el Grupo de La Haya, una histórica coalición de Estados, cuyos Gobiernos que respaldan la paz, la democracia y la garantía de los derechos humanos se unen para adoptar medidas conjuntas y concretas en apoyo de la liberación palestina.

Declaración

 

Al final de la sesión de trabajo se expidió el siguiente pronunciamiento público:

Declaración Conjunta Inaugural del Grupo de La Haya, 31 de enero de 2025

Nosotros, los Representantes de los Gobiernos de Belice, Estado Plurinacional de Bolivia, República de Colombia, República de Cuba, República de Honduras, Malasia, República de Namibia, República de Senegal y República de Sudáfrica en La Haya, Países Bajos, en este día 31 de enero de 2025, al inaugurar el Grupo de La Haya,

Guiado por los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y la responsabilidad de todas las naciones de defender los derechos inalienables, incluido el derecho a la libre determinación, que ella consagra a todos los pueblos,

Lamentando las vidas, los medios de subsistencia, las comunidades y el patrimonio cultural perdidos debido a Israel, las acciones genocidas de la potencia ocupante en Gaza y el resto del territorio palestino ocupado contra el pueblo palestino,

Negándose a permanecer pasiva ante esos crímenes internacionales,

Decididos a cumplir nuestras obligaciones de poner fin a la ocupación israelí del Estado de Palestina y apoyar la realización del derecho inalienable del pueblo palestino a la libre determinación, incluido el derecho a tener un Estado de Palestina independiente,

Recordando las órdenes de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el caso Sudáfrica contra Israel de 29 de diciembre de 2023, que reflejan una grave preocupación por la perpetración de crímenes de genocidio en Palestina, y señalando el importante y diverso número de Estados que se han sumado como terceros Estados en el caso, para exigir la condena y el cese inmediato del genocidio en curso.

Teniendo en cuenta la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia de 19 de julio de 2024 sobre las “Consecuencias jurídicas derivadas de las políticas y prácticas de Israel en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental”, y la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia del 9 de julio de 2004 “Consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado”, la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/Es-10/24, adoptada el 18 de septiembre de 2024 en la Décima Sesión Extraordinaria de Emergencia, que respaldó la Opinión Consultiva de la CIJ de julio de 2024, y los compromisos de los Estados miembros para cumplir con las obligaciones bajo derecho internacional reflejado en la opinión consultiva, la emisión de órdenes de arresto por parte de la Corte Penal Internacional (CPI) el 21 de noviembre de 2024 por indicar “motivos razonables para creer que el Sr. Netanyahu y el Sr. Gallant tienen responsabilidad penal como superiores civiles por el crimen de guerra de dirigir intencionalmente un ataque contra la población civil… el crimen de guerra de hambre como método de guerra… y los crímenes contra la humanidad de asesinato, persecución y otros actos inhumanos”;

La orden de la Corte Internacional de Justicia en Nicaragua contra Alemania de 30 de abril de 2024 “recordando a todos los Estados sus obligaciones internacionales en relación con la transferencia de armas a las partes en un conflicto armado, a fin de evitar el riesgo de que dichas armas podrían utilizarse para violar” la Convención sobre Genocidio y los Convenios de Ginebra en relación con la conducta de Israel en Gaza y el resto del Territorio Palestino Ocupado,

La Resolución 418 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 4 de noviembre de 1977, y la Resolución 591 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 28 de noviembre de 1986, que “impusieron un embargo de armas obligatorio” contra la Sudáfrica del apartheid,

Todas las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, incluida la resolución 2334 (2016), de 23 de diciembre de 2016, que reafirmó que “el establecimiento por Israel de asentamientos en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, no tiene validez jurídica y constituye una flagrante violación” violación del derecho internacional”;

Subrayando que las normas jurídicas violadas por Israel incluyen ciertas obligaciones de carácter erga omnes que, por su propia naturaleza, conciernen a todos los Estados y, en vista de la importancia de los derechos involucrados, se puede considerar que todos los Estados tienen un derecho jurídico interés en su protección,

Haciendo hincapié en la necesidad de garantizar la rendición de cuentas por los crímenes más graves según el derecho internacional mediante investigaciones y enjuiciamientos apropiados, justos e independientes a nivel nacional o internacional, y de garantizar la justicia para todas las víctimas y la prevención de futuros crímenes;

Convencido de que la acción colectiva a través de medidas legales y diplomáticas coordinadas a nivel nacional e internacional es un imperativo urgente para defender los principios de justicia y rendición de cuentas que forman la base de la Carta de las Naciones Unidas,

Declaramos nuestra intención de:

  1. Mantener la Resolución de la ONU A/RES/Es-10/24 y apoyar las solicitudes de la Corte Penal Internacional y, en el caso de los Estados Parte, cumplir con nuestras obligaciones bajo el Estatuto de Roma, respecto de las órdenes emitidas el 21 noviembre de 2024; e implementar las medidas provisionales de la Corte Internacional de Justicia, emitidas el 26 de enero, 28 de marzo y 24 de mayo de 2024.

  2. Impedir el suministro o la transferencia de armas, municiones y equipos conexos a Israel, en todos los casos en que exista un riesgo claro de que dichas armas y artículos conexos puedan utilizarse para cometer o facilitar violaciones del derecho humanitario, del derecho internacional de los derechos humanos o del derecho internacional de los derechos humanos. prohibición del genocidio, en cumplimiento de nuestras obligaciones internacionales y de conformidad con la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia del 19 de julio de 2024 y la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/Es-10/24.

  3. Impedir el atraque de embarcaciones en cualquier puerto, en su caso, dentro de nuestra jurisdicción territorial, en todos los casos en que exista un riesgo claro de que la embarcación sea utilizada para transportar combustible y armamento militar a Israel, que pueda ser utilizado para cometer o facilitar violaciones del derecho humanitario, del derecho internacional de los derechos humanos y de la prohibición del genocidio en Palestina, de conformidad con la obligación legal imperativa de los estados de cooperar para prevenir el genocidio y otras violaciones de normas imperativas mediante todas las medidas legales a su disposición.

Tomaremos más medidas efectivas para poner fin a la ocupación israelí del Estado de Palestina y eliminar los obstáculos a la realización del derecho del pueblo palestino a la libre determinación, incluido el derecho a su Estado de Palestina independiente.

Invitamos a todos los Estados a tomar todas las acciones y políticas posibles para poner fin a la ocupación israelí del Estado de Palestina.

Llamamos a todas las naciones a unirse a nosotros en el Grupo de La Haya en el compromiso solemne con un orden internacional basado en el estado de derecho y el derecho internacional, que, junto con los principios de justicia, es esencial para la coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estados.

Declaración suscrita por los representantes de los Gobiernos de Belice, Estado Plurinacional de Bolivia, República de Colombia, República de Cuba, República de Honduras, Malasia, República de Namibia, República de Senegal y República de Sudáfrica.

https://thehaguegroup.org/

 

 

 

 

 

 

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