octubre 11, 2024 8:04 pm
Garantizar acceso eficiente a comunidades rurales a la justicia, enfoque del proyecto de ley que determina competencias de la Jurisdicción Agraria: no tiene relación alguna con expropiación como sostiene la oposición

Garantizar acceso eficiente a comunidades rurales a la justicia, enfoque del proyecto de ley que determina competencias de la Jurisdicción Agraria: no tiene relación alguna con expropiación como sostiene la oposición

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La iniciativa que actualmente cursa en el Congreso de la República que desarrolla la Jurisdicción Agraria y Rural, cuya ley estatutaria fue aprobada el pasado mes de julio, está enfocada a establecer los mecanismos procedimentales en virtud de los cuales se busca garantizar un acceso más equitativo y eficiente a la justicia para los campesinos y comunidades rurales.

Se trata de definir las etapas procedimentales con el propósito de proteger la propiedad rural y no contiene, como afirman sectores de la oposición, ninguna disposición, explícita o implícita, relacionada con la expropiación. Precisamente, lo que hace el proyecto es determinar el rol de jueces especializados que resuelvan pleitos y apliquen el derecho vigente para garantizar su protección.

Las anteriores consideraciones fueron expuestas por juristas y funcionarios especializados del Ministerio de Agricultura durante el Seminario para Unidades de Trabajo Legislativo del Congreso de la República, realizado recientemente.

Una de las bondades del proyecto de ley en referencia es que unifica tanto la jurisdicción como la legislación agraria que históricamente en Colombia han estado dispersas, pese a que un tema sensible en el país es el de la propiedad y tenencia de la tierra, pues ese ha sido una de las causas del prolongado conflicto interno.

Explicaron los panelistas que participaron en dicho seminario que la nueva Jurisdicción Agraria persigue recoger la tradición agrarista en materia jurídica para desarrollar una óptima distribución de competencias.

En el caso concreto de la iniciativa legal actualmente en curso su principal objetivo es que campesinos, organizaciones agrarias, empresas y cooperativas del sector rural cuenten con un sistema jurídico sólido y coherente que permita tramitar las diferencias en materia de tierras y relaciones sociales para garantizar el normal discurrir de la actividad en el campo que redunde en la sustentación económica y la soberanía alimentaria del país.

Entre las novedades de la ley destaca el establecimiento de la doble instancia en los litigios agrarios y se dejan, como viene ocurriendo, como órganos de cierre a la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, dependiendo si el conflicto es entre particulares o entre particulares y el Estado.

Para optimizar la funcionalidad de la jurisdicción se establecerán Centros de Servicios Judiciales y Administrativos de Apoyo Técnico Agrario y Rural que ofrecerán soporte pericial a jueces y magistrados con un enfoque étnico y cultural. Asimismo, los usuarios de la justicia contarán con facilitadores agrarios y rurales, profesionales que orientarán a la ciudadanía sobre el acceso a la justicia en estos temas. Para ello se fortalecerán el Ministerio Público, los consultorios jurídicos, los centros de conciliación y se establecerán clínicas jurídicas.

En definitiva, se trata de ajustar las realidades del campo a la función judicial en materia agraria, estableciendo también jueces itinerantes para que realicen inspecciones oculares.

Todo lo anterior se verá reflejado en la agilización de la justicia por cuanto se prevé que los procesos de doble instancia tendrán una duración entre 90 y 180 días.

Avanzar en procesos de reforma agraria

 

Este proyecto de ley que desarrolla los procesos para la implementación de la Jurisdicción Agraria y Rural será clave también en el avance de la reforma agraria contenida en el Acuerdo de Paz de 2016 en aquellos casos en donde es preciso declarar la propiedad de utilidad pública.

Es preciso recordar que la utilidad pública de la propiedad rural está reglamentada hace 30 años a través de la Ley 160 de 1994, la cual además determina los procesos de reforma agraria, habida cuenta que de acuerdo con el artículo 64 de la Constitución Política y sentencias de la Corte Constitucional como la C-644 de 2012, entre otras, es deber del Estado colombiano promover el acceso a la tierra mediante diversas vías.

Por ello se creó la Agencia Nacional de Tierras que en cumplimiento del Acuerdo de Paz tiene el reto de entregar tres millones de hectáreas a los sujetos de reforma agraria.

Para agilizar los procesos judiciales, las diferencias, litigios en asuntos rurales y garantizar que aspectos sensibles como la reforma agraria se materialicen, una ley que defina procedimientos y solidifique una jurisdicción en este ámbito, como la que se tramita actualmente en el Congreso, constituye eficaz herramienta desde el punto de vista institucional que redundará en equidad social y seguridad jurídica.

Trayectoria de la Jurisdicción Agraria y Rural

 

Se puede acceder a la presentación y alcances del proyecto de ley que desarrolla la Jurisdicción Agraria y Rural, ingresando al siguiente enlace:

Proyecto de Ley 183 de 2024 Senado por medio de la cual se determinan las competencias de la Jurisdicción Agraria y Rural, se establece el procedimiento y se dictan otras disposiciones

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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