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El fenómeno social de los matrimonios infantiles y las uniones tempranas (MIUT) constituye una práctica que responde a condiciones de pobreza estructural y marginalidad en diversas zonas geográficas de Colombia, razón por la que el Congreso de la República tramita un proyecto de ley para generar una política pública que permita enfrentar de manera integral esta preocupante realidad sociológica que vulnera los derechos fundamentales de niñas y adolescentes.
Por ello a iniciativa de la congresista por el Pacto Histórico, Clara López Obregón, este jueves 1 de agosto se realizó en la Comisión Primera del Senado de la República una audiencia pública para escuchar las inquietudes respecto a esta grave situación social por parte de representantes de universidades, organizaciones no gubernamentales, instituciones internacionales como UNICEF y de grupos poblacionales como indígenas y afros.
La senadora López Obregón tras escuchar los argumentos de los voceros de la sociedad civil anunció que en breve se presentará la ponencia tendiente a la eliminación del matrimonio infantil y las uniones de hecho para proteger a esta población marginada y víctima de esta práctica nociva, teniendo en cuenta además aspectos de tipo patrimonial, étnico y cultural.
Antecedentes
Colombia ocupa el puesto 20 a nivel mundial con respecto al número de niñas casadas o unidas antes de cumplir los 15 años, y en comparación con América Latina y el Caribe, está en el puesto 11 en adolescentes unidas antes de cumplir los 18 años. De acuerdo con el Censo Nacional de Población y Vivienda, para 2018 cerca de 340.083 niñas y adolescentes (8.6 %) y 133.293 niños y adolescentes (3.2 %) se encontraban o habían estado en situación de Matrimonios Infantiles y las Uniones Tempranas (MIUT).
Según la investigación “Análisis de situación de los matrimonios infantiles y las uniones tempranas en Colombia 2010-2020”, elaborada por UNICEF Colombia, esta práctica nociva vulnera los derechos de las niñas y adolescentes, el marco normativo alrededor de la misma y el reconocimiento de los desafíos a los que ellas se enfrentan.
De acuerdo con el estudio se evidencia que las niñas y las adolescentes mujeres son quienes se encuentran más propensas a verse en este tipo de relaciones y, por lo tanto, a ver vulnerados sus derechos y el desarrollo pleno de su infancia y adolescencia. Muestra de ello es que, según el Censo Nacional de Población y Vivienda de 2018, la población de niñas y adolescentes entre 10 y 19 años que reportan MIUT fue del 8.6 %, mientras para los hombres de la misma edad fue del 3.2%.
Así mismo se encuentra que los casos de MIUT tienen una mayor incidencia en los departamentos con mayor pobreza multidimensional: Vichada, Amazonas, Chocó, La Guajira y Caquetá. En este sentido, el estudio de UNICEF también señala que son ambientes propicios para estos casos las situaciones de emergencia humanitaria generadas, entre otros aspectos, por los flujos migratorios mixtos entre Colombia y Venezuela, por los efectos que generó la pandemia del Covid-19 y por el conflicto armado.
Siete de cada diez menores son violentadas como consecuencias de estas uniones maritales tempranas.
Este organismo de Naciones Unidas también estableció que el fenómeno de los MIUT contribuye a perpetuar los ciclos de pobreza, los cuales pueden ser transmitidos intergeneracionalmente, y limitan las capacidades y oportunidades para lograr el empoderamiento económico en la transición a la vida adulta, la autonomía e independencia. Estas afectaciones en la transición a la vida adulta también están mediadas por una causa-efecto central: la deserción escolar.
Para el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) este fenómeno social genera coyunturas que implican deserción escolar, maternidad temprana, familias numerosas, casos de violencia basada en género, entre otras.
Trámite de iniciativa legal en el Congreso
Ante este desolador panorama social, el Congreso de la República viene tramitando el proyecto de Ley 155 acumulado con el 164 de 2023 en virtud del cual se busca reglamentar que la edad mínima para contraer matrimonio sea después de cumplir los 18 años, es decir la mayoría de edad, y así prohibir y sancionar la unión de menores.
Estas uniones, según la definición de UNICEF, se entienden como “cualquier tipo de unión, formal o informal, que involucra a un niño, niña y/o adolescente menor de 18 años, bien sea porque uno o dos de los miembros de la pareja es menor de edad”.
En Colombia, según el parágrafo del artículo 53 de la Ley 1306 del año 2009, se establece que la edad mínima para contraer matrimonio se mantiene en 14 años tanto para varones como para mujeres.
Lo anterior siempre y cuando exista permiso expreso de los padres, ya que de lo contrario está viciado de nulidad y puede ser declarado como tal por un juez. Dicha acción de nulidad puede ser intentada por el padre o curador, y muy seguramente podrá ser propuesta por el defensor de familia en beneficio de los intereses del menor.
Como en términos del marco legal para esta figura se carece de una normatividad el proyecto de Ley 155 de 2023 que está actualmente en trámite busca prohibir y sancionar penalmente el matrimonio de menores de edad.
Dicha proyecto busca dar aplicación a la Convención sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, de la que Colombia es parte, la cual en el artículo 16 dispone que el matrimonio entre niños no debe tener ningún efecto jurídico.
Las voces de la audiencia pública
Durante la realización de la audiencia pública en la Comisión Primera del Senado se esbozó de manera detallada por parte de diversos voceros de organizaciones sociales y no gubernamentales la crítica situación que principalmente en zonas marginadas del país se vive como consecuencia de los matrimonios infantiles y las uniones tempranas por parte de adolescentes.
Este fenómeno social genera, según el diagnóstico que se hizo en desarrollo de la mencionada audiencia pública, que las menores y/o adolescentes por lo general suspenden sus estudios básicos y en la mayoría de los casos son violentadas por sus parejas.
Se abogó para que se legisle teniendo en cuenta el entorno sociocultural. No es dable, se argumentó, que en pleno siglo XXI se trate de mantener estereotipos fundados en creencias religiosas, como la defensa a ultranza de la familia nuclear que en buena parte ha desaparecido en la sociedad colombiana.
Se solicitó al Congreso tramitar una ley contemplando medidas integrales, poniendo sumo cuidado a los diferentes entornos familiares, así como teniendo presente el elemento de género.
Es preciso que el Estado colombiano ponga atención a esta práctica social que vulnera los derechos de niñas y adolescentes, limitando su perspectiva de futuro, expresaron los diversos intervinientes en esta audiencia pública.